El bullying incluido en la nueva ley de protección a la infancia.

La nueva ley de protección al menor fechada ayer, 28 de julio de2015, incluye entre sus areas de intervencion al protección frente al acoso escolar artículo 11.2 .i

La protección contra toda forma de violencia, incluido el maltrato físico o psicológico, los castigos físicos humillantes y denigrantes, el descuido o trato negligente, la explotación, la realizada a través de las nuevas tecnologías, los abusos sexuales, la corrupcion, la violencia de genero o en el ámbito familiar, sanitario,social o educativo,incluyendo el acoso escolar»

Además asegura la integridad de los menores limitando el acceso a ellos de profesionales con sentencias por delitos sexuales Articulo 13.5

Será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual”

Por último, también regula la situación de menores que acuden a terapia sin el consentimiento de uno de sus progenitores. art17.2 bullying3

“La negativa de los progenitores, tutores, guardadores o acogedores a prestar el consentimiento respecto de los tratamientos médicos necesarios para salvaguardar la vida o integridad física o psíquica de un menor constituye una situación de riesgo. En tales casos, las autoridades sanitarias, pondrán inmediatamente en conocimiento de la autoridad judicial, directamente o a través del Ministerio Fiscal, tales situaciones a los efectos de que se adopte la decisión correspondiente en salvaguarda del mejor interés del menor.”

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